jueves, 15 de septiembre de 2011

QUINTO INFORME DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

En días pasados el Presidente de la República envió su informe correspondiente al quinto año de su ejercicio constitucional , al respecto quiero señalar y  hacer énfasis en un tema concurrente que debiera  ser un pilar importante en el desarrollo de nuestro México y me refiero al tema de la Seguridad Nacional, un tema por demás controvertido pero que sigue siendo un tema en el cual no hemos tenido avance alguno y por el contrario si ha existido gran retroceso, debido a que han salido a relucir muchísimos actos de corrupción y encubrimiento por parte de los cuerpos policiacos de los diferentes niveles de gobierno, sin dejar de recordar un hecho muy cuestionado pero a la vez que ha intentado pasar desapercibido para muchos como lo es, la renuncia hace algunos meses de la mayoría de los Delegados de la PGR de diferentes Estados de la República en donde no se le explica a la ciudadania el motivo de las mencionadas renuncias y si se encuentran en algun procedimiento adminsitrativo o penal  por faltas a las que hayan incurrido.
Sin embargo creo que ha existido una falta de compromiso por parte de todas las Instituciones Públicas  encargadas de salvaguardar la seguridad de la Nación,  en la lucha por el combate contra el narcótrafico y la delincuencia organizada dos de los grandes problemas que nos preocupan a todos los mexicanos.
Vale la pena señalar que aún falta mucho por hacer, falta lograr la transparencia en los cuerpos policiacos, ya que ni la propia ciudadania confia en ellos y, solamente cuando se encuentren regenerados los cuerpos policiacos de la treinta y dos entidades federativas  podremos decir que hemos avanzado de lo contrario seguiremos utilizando a nuestra Marina y a nuestro Ejército  Mexicano como las dos únicas posibles soluciones a los mencionados problemas, sin tomar en consideración  todas las vidas inocentes que se pierden en la luchas campales que se ejercen para lograr combatirlos.

Saludos cordiales!!!!

miércoles, 4 de mayo de 2011

SUSPENSION DE LAS GARANTIAS INDIVIDUALES

Ayer escuchaba por divesos medios de comunicaciòn que centenar de personas, incluyendo lideres de los diferentes partidos polìticos que existen, comunicadores y parte de un pùblico desconocedor de las leyes mexicanas como responsabilizaban a la delicuencia organizada  de estar suspendiendo garantìas individuales en diversos Estados de la República Mexicana como parte de su estrategia para seguir acrecentando su actividad ilìcita y para que el gobierno mexicano se vea imposibilitado materialmente  para interceder y resolver de fondo estos asuntos en los diversos Estados afectados. Las garantías individuales son todas aquellas prerrogativas de las que gozamos todos los ciudadanos mexicanos  y el Estado a través de sus gobernantes debe velar por la guardia de ellas y es precisamente ese deber del Gobierno que lo faculta para resolver todo lo relacionado a ellos y a no suspender las garantìas individuales solo en casos de excepcion y con las formalidades y requisitos que preveen las disposiciónes legales aplicables. Pero lo que si me queda claro es que la lucha contra el narcotráfico y la delincuencia organizada tiene que ser un esfuerzo conjunto de autoridades y gobernados en donde las distintas autoridades de todos los niveles de gobierno deben de actuar de forma institucional y solo en casos de excepciòn, de notoria urgencia o de peligro inminente para los ciudadanos deberà pedir la intervenciòn del gobierno federal quien si a pesar de tomar medidas necesarias no se solucionaran los conflictos debera pedir al Legislativo Federal la suspensiòn de las garantìas necesarias para lograr la seguridad de todos y cada uno de los mexicanos.
Lo anterior me hace deducir que no debemos buscar culpables de lo que sucede en nuestro país en cuestiones delictivas  ni de cualquier otra índole pero si exigir a nuestros gobiernos el deber que tienen para garantizarnos el goze de nuestras garantías individuales, utilizando todos los mecanismos legales previstos en la Constituciòn Política de los Estados Unidos Mexicanos y en las demás disposiciones aplicables y nosotros como mexicanos hacer todo lo que este a nuestro alcance en materia de prevenciòn y seguridad.



SALUDOS CORDIALES!!!!
LIC. GLENDY AGUILAR MENA!!!

martes, 3 de mayo de 2011

JUAN PABLO II

Hoy de nuevo retomando este espacio de expresion de ideas para plasmar unos comentarios acerca de la beatificaciòn de nuestro gran Papa Juan Pablo II y externar lo mucho que signifca para mi.
Durante el transcurso de la semana veía  por la televisiòn una serie de reportajes acerca de la beatificaciòn y puedo decir que me emocionaron muchisimo, karol Jozet Wojtyla, definitivamente fue un hombre de lucha incansable, fue un hombre de perdón, de bondad aquel que siempre procuro hacer el bien y amar al prójimo, un hombre al que solo le importaba hablar con los hombres y extender la iglesia católica hasta los ùltimos rincones del mundo. Su semblante, su fé  me hicieron realmente entender y valorar lo mucho que nos ha premiado Dios y la vida, cuando en ocasiones nos comportamos como ingratos. Estoy plenamente convencida que nuestro Papa Juan Pablo II fue y seguirá siendo un hombre tocado por Dios un hombre que vino a unir varias religiones como el Judaìsmo, Islam, la Iglesia Ortodoxa, la Oriental y Comunión y la Anglicana entre otras, de igual manera luchando siempre contra el comunismo y el marxismo.
Pero sin lugar a dudas lo que mas me ha soprendido es que realmente logró la uniòn del catolicismo en nuestro país a pesar de nuestros gobernantes de aquellos tiempos tan cerrados y con tan poco criterio que no se les daba la voluntad de reconocer al Vaticano como un Estado y a  nuestro Papa como Jefe de ese Estado Vaticano, no pudiendo mantener relaciones diplomáticas con ellos,  pero la voluntad de nuestro Karol de visitar México pese a que no manteniamos relaciones con ellos  y su insistencia a pesar de las represiones de los obispos y cardenales del Vaticano de no venir a  México, me hacen pensar en ese gran hombre de lucha, áquel que comparo a nuestro México con su natal y querida Polonia y su iglesia perseguida y me hace pensar que debemos seguir luchando ante las pequeñas adversidades que se nos presenten y digo pequeñas porque despues de saber todo lo que hizo nuestro Papa, a pesar de la enfermendad tan doliente que lo aquejaba me hace reflexionar en lo mucho que nos lamentamos por cosas tan insignificantes y que debemos de acercarnos mas a la iglesia, a la iglesia de Juan Pablo II, y ser humildes de corazòn y de alma con nuestro pròjimo. Gracias Juan Pablo por tu vida y por tu obra que es un legado para todos y cada uno de los hombres que creemos en ti!!!!!!

jueves, 9 de septiembre de 2010

AUTORIDAD COMPETENTE

Muchas veces escuchamos decir que muchas autoridades son incompetentes para resolver algun asunto o mas bien lo resuelven en un sentido contrario al que debería ser, pero que es la competencia de la autoridad?, yo pienso que es una facultad que se les da a las autoridades para conocer de determinados asuntos dentro de una jurisdición específica, entendiendo por jurisdición esa atribución que tienen de poder utilizar una norma para un caso específico y en un lugar determinado.

De manera jurídica esas atribuciones y facultades les son conferidas a los diversos órganos del estado por las normas generales y asi habrán autoridades que resuelven los asuntos de las diversas ramas del derecho. En virtud de lo anterior podemos deducir que mientras se hayan cumplidos los requisitos de forma para ocupar los diversos cargos, esos cargos son legítimos y apegados a la norma, sin embargo no podemos olvidar que existen ciertas circunstancias que vician determinados nombramientos como lo son razones políticas, sociales, económicas o de cualquier otra índole, con un aparente fin que se supone que es  el equilibrio y autonomia de los diversos órganos del Estado.

No omito manifestar que en esa competencia de la autoridad debe ir inmersa la capacidad  profesional y académica de quienes la ostentan, y sustentadas por los principios generales de derecho, de otro modo no podría existir un criterio de las mismas al momento de resolver un asunto en litigio o una determinada petición de la sociedad, o lo que es peor resolver de una forma errónea causandole perjuicios a los interesados.

Debemos reconocer que la ley en muchas ocasiones suele ser ambigua y oscura, es imposible que los legilsadores prevean todos los casos concretos y sus específicas soluciones, sobre todo si tomamos en cuenta que cada norma general fue realizada en un tiempo y circunstancia determinados, por eso el derecho se torna dinámico.

Por lo anterior podriamos entender que la autoridad competente no solo debe serlo en virtud de la norma sino conforme a sus atribuciones y obligaciones, y que debe comprender el verdadero significado de la norma y extender todos sus alcances en sus actos y resoluciones hasta donde le sea posible cuando no exista expresamente el caso concreto.

SALUDOS CORDIALES!!!!

jueves, 26 de agosto de 2010

AUTORIDAD........

A continuación plasmo mi punto de vista personal acerca de un ejemplo planteado por el Doctor Armando Hernández en lo que respecta a lo que se puede entender como Autoridad en la clase impartida en la Maestria de Constitucional y Amparo el cual versa en lo siguiente” Un ciudadano le hace entrega de una solicitud de manera personal a un empleado de servicios Públicos municipales (barrendero) con el fin de que pase a barrer la acera una ves mas los días que le corresponda “ Ante esto debemos debatir si el empleado municipal es considerado una Autoridad y si está obligado a responder y a cumplir con la mencionada solicitud que se le entrega y por consiguiente sino se le vulnera al ciudadano su garantía constitucional del derecho de petición.

Antes que nada por autoridad en un concepto amplio se puede entender la facultad o poder de mando que ejercer no solo nuestros gobernantes sino también los particulares que se encuentan en una jerarquía diferente a la de nosotros , es decir ante los cuales nosotros estamos subordinados por alguna razón, pero si bien es cierto es una facultad, esta tiene que ser conferida por alguien o basado en unas normas de carácter general y obligatorias para poder ser acatadas por los sujeto las cuales fueron dirigidas y que en caso de no respetarlas la propia norma regularía la coacción para hacerla valer.

 Debemos de partir que el Estado es un ente público cuyas funciones públicas son divididas a los diferentes órganos con poder en este caso hablamos de la división de poderes junto con sus respectivas funciones como lo son el Ejecutivo, Legislativo y Judicial cuyas facultades y obligaciones son conferidas por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos , ante esto podemos señalar que la participación o ejercicio de la función pública existe cuando el Estado ha delegado en una persona tambien conocida como Titular, de manera exclusiva o en colaboración con otras la facultad de formar o ejecutar su voluntad estatal para realizar un fin público por lo tanto funcionario público es el que actua con una jerarquía a nivel superior en tanto que se advierte que el empleado es el encuadrado en niveles jerarquía de menor trascendencia y dicho nombramiento de ambos  puede ser por medio de una elección popular o por nombramiento de autoridad competente.
 La actuación pública requiere de estar justificada en una ley previa la potestad pública, esta sometida a la Ley y es creada por ella , por tal motivo la autoridad desde mi punto de vista es aquella persona con potestad pública, poder de mando que esta facultada por una norma para utilizar la coacción por medio de la fuerza pública eto quiere decir que aun cuando realizemos funciones de interés público no todos los servidores, funcionarios y empleados públicos pueden hacer uso de la fuerza pública El Estado es el que tiene la titularidad coactiva (directa o indirecta) para dar eficacia a sus distintas facultades.Respecto de la diferencia entre autoridad y fuerza la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido que la autoridad es aquella que en virtud de una potestad dispone del poder de decisión y mando para imponer a los particulares sus propias determinaciones y es pública la fuerza que dispone para ello y para lo cual el Estado se auxilia mediante sus cuerpos policiales.

La utilización legal de la fuerza en términos jurídicos se puede entender como una función única y exclusiva de la administración pública en diferentes formas pero ami mi punto de vista solo los representantes de los poderes ejecutivos en sus tres niveles pueden disponer de la fuerza pública mediante sus cuerpos policiales.

De lo anterior podemos concluir que no existe mas diferencia entre un  funcionario y un  empleado público más que la simple jerarquización y las formas de como fueron nombrados porque el fin último de sus acciones es la misma satisfacer las necesidades y servicios públicos mas apremiantes de una sociedad. El barrendero no es autoridad pues carece de la postestad específica y solo ejecuta las órdenes de un  superior quein debe garantizar al fungir como representante del estado el cumplimiento de las funciones públicas y para el caso de no hacerlo es y será el único responsable y es al quien se le demandará por daños y perjuicios, por lo tanto el barrendero se limita única y exclusivamente acumplir con sus funciones para el cual fue contratado La autoridad es una forma de dominación que implica obediencia hacia quienes va dirijido, sin obediencia no existe autoridad pero es necesaria tener la facultad de ejercer la fuerza pública para el cumplimiento de sus fines.

SALUDOS CORDIALES!
GLENDY AGUILAR.















.