jueves, 9 de septiembre de 2010

AUTORIDAD COMPETENTE

Muchas veces escuchamos decir que muchas autoridades son incompetentes para resolver algun asunto o mas bien lo resuelven en un sentido contrario al que debería ser, pero que es la competencia de la autoridad?, yo pienso que es una facultad que se les da a las autoridades para conocer de determinados asuntos dentro de una jurisdición específica, entendiendo por jurisdición esa atribución que tienen de poder utilizar una norma para un caso específico y en un lugar determinado.

De manera jurídica esas atribuciones y facultades les son conferidas a los diversos órganos del estado por las normas generales y asi habrán autoridades que resuelven los asuntos de las diversas ramas del derecho. En virtud de lo anterior podemos deducir que mientras se hayan cumplidos los requisitos de forma para ocupar los diversos cargos, esos cargos son legítimos y apegados a la norma, sin embargo no podemos olvidar que existen ciertas circunstancias que vician determinados nombramientos como lo son razones políticas, sociales, económicas o de cualquier otra índole, con un aparente fin que se supone que es  el equilibrio y autonomia de los diversos órganos del Estado.

No omito manifestar que en esa competencia de la autoridad debe ir inmersa la capacidad  profesional y académica de quienes la ostentan, y sustentadas por los principios generales de derecho, de otro modo no podría existir un criterio de las mismas al momento de resolver un asunto en litigio o una determinada petición de la sociedad, o lo que es peor resolver de una forma errónea causandole perjuicios a los interesados.

Debemos reconocer que la ley en muchas ocasiones suele ser ambigua y oscura, es imposible que los legilsadores prevean todos los casos concretos y sus específicas soluciones, sobre todo si tomamos en cuenta que cada norma general fue realizada en un tiempo y circunstancia determinados, por eso el derecho se torna dinámico.

Por lo anterior podriamos entender que la autoridad competente no solo debe serlo en virtud de la norma sino conforme a sus atribuciones y obligaciones, y que debe comprender el verdadero significado de la norma y extender todos sus alcances en sus actos y resoluciones hasta donde le sea posible cuando no exista expresamente el caso concreto.

SALUDOS CORDIALES!!!!

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